La propuesta de reforma constitucional en materia de seguridad presentada por el Ejecutivo ha desatado una intensa controversia en el escenario político chileno. Diversos sectores, tanto de la oposición como del oficialismo, han manifestado profundas aprensiones respecto a la duración del nuevo estado de excepción, la intervención de comunicaciones y la restricción de libertades fundamentales. Ante la presión pública, parlamentarios como el senador Arturo Esqueya y el senador Andrés Longton anunciaron un acuerdo para ingresar indicaciones destinadas a corregir el proyecto. En este complejo escenario, el abogado y académico de la Universidad Diego Portales, Javier Couso, analizó con severidad los alcances de esta iniciativa en Palabras Sacan Palabras.
Para Couso, el texto actual del proyecto representa una de las mayores alarmas institucionales de las últimas décadas. En sus propias palabras, se trata de «la más seria vulneración de todos nuestros derechos fundamentales en democracia, de que retornamos a la democracia».
Un proyecto marcado por la improvisación legislativa
De acuerdo con el análisis del constitucionalista, la gravedad del texto no responde necesariamente a un plan preconcebido para socabar el sistema democrático. Por el contrario, Couso apunta a una preocupante falta de prolijidad en el diseño de la política pública del Ejecutivo, revelando que divisiones técnicas clave como la división jurídica legislativa del Ministerio Secretaría General de la Presidencia no habrían participado en la redacción. En este sentido, el académico sostuvo que «ha habido tal nivel de descoordinación, de improvisación, de información acerca de cómo se fraguó esta reforma, que a mi juicio sugieren más bien improvisación que un plan de copamiento por parte del gobierno de las libertades públicas de los chilenos».
Esta desarticulación quedó en evidencia, según el experto, cuando el propio ministro del Interior confundió los límites del proyecto al equiparar las medidas del nuevo estado de seguridad con las restricciones habituales de los estados de excepción de emergencia vigentes.
La diferencia radical entre restringir y suspender derechos
Uno de los errores conceptuales más críticos radica en la interpretación de los efectos jurídicos sobre los derechos ciudadanos. El académico enfatizó la importancia de entender la diferencia constitucional establecida en la Ley Orgánica Constitucional de Estados de Excepción. En relación con esto, precisó que «Se suspende una garantía constitucional cuando se impide del todo su ejercicio temporalmente mientras dure ese estado. En cambio, se restringe una garantía cuando durante la vigencia de estado se limita a su ejercicio, se acota».
Bajo la propuesta del Ejecutivo, la autoridad administrativa gozaría de facultades extraordinarias y prolongadas. Al respecto, Couso alertó que «suspender del todo el derecho es que a mí me pueden detener y llevar a un centro de detención por 8 meses. Eso es la propuesta que hoy día está sobre la mesa. 8 meses sin que la haya aprobado el Congreso». Esta discrecionalidad temporal debilita la fiscalización democrática, ya que el Parlamento solo podría pronunciarse después de transcurrido ese extenso periodo.
Medidas de excepcionalidad más graves que el estado de sitio
La gravedad de este mecanismo supera con creces los estados de excepción que la República ha utilizado históricamente en periodos de crisis interna. Según el análisis de Couso, el nuevo «estado de seguridad» posee atribuciones que usualmente se reservan para situaciones de guerra externa. De manera categórica, el docente explicó que «las medidas que autoriza este nuevo estado sin autorización del Congreso, porque eso es el proyecto que se acaba de presentar, son más graves que la de estado de sitio, que jamás se ha invocado en 36 años de democracia desde que Chile recuperó su democracia».
El riesgo no se limita a las detenciones administrativas, sino que también abarca la privacidad de las personas. En este aspecto, el experto constitucionalista advirtió que, «de aprobarse el proyecto, como está presentado, el proyecto de reforma constitucional, habilitaría que unilateralmente, sin consultarle a ninguna autoridad, a nadie, el jefe de Estado, el presidente de la República, el Ejecutivo, decretara un estado de excepción constitucional que lo habilitaría hasta por 8 meses para, en primer lugar, espiar a todos los chilenos, porque obviamente el pretexto sería espiar a las bandas de crímenes organizados y terroristas, pero nadie podría saber si se está espiando solo a esos grupos y no, como hacen muchos gobiernos populistas autoritarios, a periodistas, críticos del gobierno, a políticos, a la población en general; y porque habilita a suspender, que insisto significa terminar por completo con ese derecho, o esa libertad, a la libertad personal.».
¿Seguridad a expensas de la libertad?
Por último, Couso desmitificó la idea de que Chile deba imitar regímenes autoritarios o punitivos para solucionar sus problemas de delincuencia organizada. El académico argumentó que el combate efectivo del narcotráfico requiere de mayor presencia policial e inversión fiscal en recursos de inteligencia, y no de la destrucción de las libertades individuales.
Para finalizar, el especialista recordó el valor de la institucionalidad nacional frente a otras fórmulas regionales: «Chile tiene una tradición diferente. No es un país unidimensional que está dispuesto por un valor, la seguridad, a sacrificar la libertad. Por ejemplo, yo creo que El Salvador llegó a tal nivel que sacrificó la libertad y la democracia ahora por la seguridad. Chile es un país que creo que es más complejo, que tiene otra tradiciones».
