ENTREVISTAS

Jefa de Defensa Judicial y Derechos Fundamentales de la Dirección del Trabajo: «Se ha hecho costumbre pedir propina al cliente»

De la situación actual que viven restaurantes y cafés en materia del cobro de propinas, sus facultades y requerimientos legales según el código del trabajo, en #FuturoPQN conversamos con Marta Donaire.

Propina Direccion Trabajo Card Web
Agencia Uno

Hoy en Palabra Que Es Noticia conversamos con la jefa de Defensa Judicial y Derechos Fundamentales de la Dirección del Trabajo, Marta Donaire.

En los últimos días, un intenso debate se generó en redes sociales acerca de los rubros que pueden solicitar propinas a sus clientes por servicios otorgados. En esa línea, el Ministerio del Trabajo precisó que según el Art.64 del Código del Trabajo está establecido de manera clara e indica que “garzones de restaurantes, cafés y similares” pueden incluir la atención dentro del precio. Por su parte, rubros como peluquerías y barberías, no es correspondiente que se le solicite al cliente una propina por el concepto de ese servicio ofrecido. Asimismo, los trabajadores tendrán derecho a percibir todas aquellas sumas que por concepto de propinas sean entregadas por los clientes.

¿Por qué deciden realizar el posteo en redes sociales sobre las propinas?

“Este posteo puso en la noticia y redes sociales el tema de las propinas. Ha ido aumentando en el último tiempo la solicitud de propinas en otros rubros. Los garzones y su rubro, el empleador tiene la obligador de sugerir una propina de al menos, el 10% del consumo. Se hace extensivo la solicitud a otros trabajadores de otros rubros. La diferencia radica en que el empleado no tiene la necesidad de realizar ese aporte”, señala Marta Donaire.

¿Es solamente cuando hay un servicio?

“La ley apunta hacia los garzones. En otras situaciones, por ejemplo, cafeterías de cadenas ahí no hay garzones. Es una decisión de ellos mismos pero en esos casos no es obligación y no debieran sugerir al momento de realizar el pago. Como son establecimientos que atienden al público pueden acceder a pedir, según señala el Art.64 del Código del Trabajo. Es voluntario”, indica la jefa de Defensa Judicial y Derechos Fundamentales de la Dirección del Trabajo.

¿La gente se siente presionada a dejar propina?

“Exacto. Se ha hecho una costumbre de pedir propina al cliente. Por ejemplo en peluquerías y centros de estéticas. No hay una obligación para el cliente de dejar propina. L ley lo estipula claramente para los garzones. Si no me siento cómodo puedo no dejar propina. O el caso contrario, si me gusta la atención puedo dejar más del 10%”, asegura Marta Donaire.

¿Cómo se regula situación en el caso del delivery?

“Eso no está regulado para ese tipo de trabajadores. Lo pueden solicitar pero no está regulado por Ley. Cuando uno paga por aplicaciones o medios electrónicos igual piden. A veces esas propinas van dirigidas a los cocineros u otros trabajadores en un fondo común”, afirma la jefa de Defensa Judicial y Derechos Fundamentales de la Dirección del Trabajo.

En Cornershop uno paga por un servicio por el año para que llegue sin costo durante el año. ¿Para quién llega ese pago del costo?

“Ahí desconozco para quien va dirigido el costo de servicio. No sé si va para quien arma el producto o quien lo distribuye. Uno tienda a creer que el costo de envío es para quien lo trae. No está regulado en la norma y cada aplicación determina para quien va ese costo de despacho. No podría decirles para quien va dirigido porque desconozco”, asevera Marta Donaire.

¿Es más adecuado o apropiado no dar propina a estos servicios? ¿Qué recomendación dan?

“No podemos decir que no se entregue propina, porque está ajustado al bolsillo de cada uno. Si uno no tiene los medios no está obligado. Las propinas tienen un sentido perverso porque con propinas algunos trabajadores mejorar sus sueldos. Esto queda sujeto a los usuarios y su satisfacción con el servicio. Si uno puede retribuir las atenciones por parte de las personas que entrega el servicio, uno lo deja y lo hace de buena voluntad. Queda directamente a la voluntad del cliente”, plantea la jefa de Defensa Judicial y Derechos Fundamentales de la Dirección del Trabajo.

¿Le han llevado denuncias sobre estas propinas sugeridas?

“No, porque en el caso nuestros, desde la inspección del trabajo nos llegan las denuncias de los trabajadores propiamente tal. Por ejemplo, si las propinas no son entregadas por el empleador a sus trabajadores. Si no lo hace, eventualmente se genera una denuncia y la inspección del trabajo debe ir a fiscalizar para luego aplicar sanciones”, complementa.

¿Eso incluye a todos los rubros más allá de los garzones? ¿Cómo se fiscaliza ese proceso?

“En los casos como bomberos de bencineras u otros rubros, el empleador no tiene nada legal sobre pedir propinas. Ahí no podemos fiscalizar. En esos casos, podrían ponerse de acuerdo con la solicitud de propinas, pero parte de un acuerdo entre el empleador y los trabajadores. Eso no está especificado y de esa manera no incumple con la ley ni norma alguna”, concluye la jefa de Defensa Judicial y Derechos Fundamentales de la Dirección del Trabajo, Marta Donaire.


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