ENTREVISTAS

Lieta Vivaldi y proyecto que despenaliza el aborto hasta las 14 semanas: «Es un avance, pero es insuficiente aún»

"No serán perseguidas penalmente y no habrá sanciones asociadas si lo realizan dentro de las primeras 14 semanas. Pero esto no implica que tendrá una prestación estatal al respecto", señala la directora ejecutiva del Programa de Género, Derecho y Justicia Social de la Universidad Alberto Hurtado.

Aborto Despenalizacion
Agencia Uno

Hoy en Palabra Que Es Noticia conversamos con la directora ejecutiva del Programa de Género, Derecho y Justicia Social de la Universidad Alberto Hurtado, Lieta Vivaldi.

Tras ingresar en agosto de 2018, la Cámara de Diputados votó la idea de legislar del proyecto que modifica el Código Penal y despenaliza la interrupción del embarazo hasta las 14 semanas. La iniciativa fue aprobada por la mayoría, recibiendo 75 votos a favor, 68 en contra y dos abstenciones, las de los independientes Pablo Lorenzini (ex DC) y José Pérez (ex PR).

Proyecto que despenaliza el aborto

“Es un paso importante, avanzamos en reconocer los derechos de las mujeres y sus cuerpos gestantes. Estamos repensando una nueva constitución; estamos pensando muchos cambios que se debieron haber realizado hace rato; pero sabemos que ya tenemos cabida en la sociedad y que en la Cámara de diputados. Los movimientos feministas ya decían que era importante avanzar en una despenalización del aborto. Es una lucha de años que por fin se ve recogida por las instituciones”, señala Lieta Vivaldi.

En qué consiste

“Lo que implica es que se despenaliza la conducta constitutiva de aborto. Es decir no atraerá la criminalización y no habrá sanciones legales; solo en aquellos casos en que sea consentido por la mujer y que se ejecute en las primeras 14 se semanas de gestación. Se diferencia de una legalización, como en el caso de Argentina, porque no será un delito el abortar; pero hay que aclarar no se garantiza la prestación; es decir, no habrá a políticas públicas de parte del Estado que garanticen el acceso para realizar el aborto en un establecimiento de salud. El avance es que, si la mujer lo decide, no será sancionado”, indica la directora ejecutiva del Programa de Género, Derecho y Justicia Social de la Universidad Alberto Hurtado.

Las primeras 14 semanas

“No serán perseguidas penalmente, y no habrá sanciones asociadas si lo realizan dentro de las primeras 14 semanas. Pero esto no implica, por ejemplo, como la ley de aborto por 3 causales, que tendrá una prestación estatal al respecto.  Ese es un paso fundamental en el que estamos al debe, sin duda que se despenalice es muy importante, pero necesitamos que sea una prestación legal, que el estado garantice esta prestación a las mujeres”, aclara Lieta Vivaldi.

Persecución asociada al aborto

“Hay mujeres que son perseguidas criminalmente, y hay condenas asociadas al aborto. Así lo ha señalado el Ministerio Público. Después de la aprobación del IVE, la Interrupción Voluntaria del Embarazo, ha habido penalizaciones de sentencias definitivas condenatorias ha habido 20 y anterior a la ley IVE, habían 236 sentencias condenatorias, pero además de esta situación, hay persecución penal y una criminalización. Y que ingresen al sistema penal es problemático. Entonces la condena es uno de los posibles resultados, pero ingresar al sistema penal atenta gravemente con los derechos de las mujeres y de las personas”, puntualiza la directora ejecutiva del Programa de Género, Derecho y Justicia Social de la Universidad Alberto Hurtado.

Se necesita avanzar más

“Es importante este paso, pero necesitamos avanzar aún más para que sea una prestación garantizada y que se realice por los servicios estatales. Los derechos sexuales y reproductivos significan una abstención por parte del estado, es decir, no interferir en las decisiones privadas de las mujeres, pero a su vez, debe implicar el posibilitar llevar a cabo estas decisiones, de forma que se garanticen sus derechos estén resguardados. El estado debe garantizar que las mujeres podrán acceder, a través de los centros de salud a la prestación, y en este proyecto de ley no está contemplado, lo que no quiere decir que en el futuro público podamos incluir esta indicación”, afirma Lieta Vivaldi.

Ley de interrupción de embarazo voluntaria

“Eso está en la ley de interrupción de embarazo voluntaria del año 2017, la objeción de conciencia ha sido un problema fundamental, tenemos que el 50% de los obstetras se declara objetor de conciencia, y es una manera de incumplir la ley. Debiera ser excepcional, una convicción profunda. Y en la práctica, se da por eludir responsabilidades o de tener mayor carga laboral. Entonces vemos como un derecho de las mujeres  que debiese estar garantizado, en la práctica no se garantiza. Lo que es bastante vergonzoso y aberrante”, indica la directora ejecutiva del Programa de Género, Derecho y Justicia Social de la Universidad Alberto Hurtado.

Un avance insuficiente

“Es un avance, pero es insuficiente aún. Sigue estando por sectores conservadores, muy asociada la idea que el ser mujer es sinónimo de ser madre, y cuando este ideal se ve cuestionado o cuando la mujer puede decidir autónomamente, se fuera a quebrar algo sagrado de la sociedad. Entonces esta ha sido una estrategia conservadora, el igualar la condición de un feto con una persona mayor. Ahora fallos internacionales recientes hablan que la vida humana es progresiva, no hay un todo o nada que se protege, si no que su protección por el derecho es gradual, por eso hay otros derechos que se priorizan en el estado de gestación. Entonces es ignorante de parte de los diputados los argumentos que dan, y habla mucho de la voluntad de seguir con un status quo en el cual las mujeres no somos sujetas de derecho”, concluye Lieta Vivaldi.


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