ENTREVISTAS

Funerales de alto riesgo: Así serán las limitaciones y cómo se calificará el riesgo en la nueva ley

"Esperamos que con esta ley terminemos con este verdadero espectáculo", señala Gonzalo Durán, delegado presidencial de la RM.

Catalina Reyes |

Gonzalo Duran Funeral Alto Riesgo Card Web

Gonzalo Duran Funeral Alto Riesgo Card Web

En un nuevo programa de Palabra Que es Noticia, Andrea Moletto y Antonio Quinteros conversaron con Gonzalo Durán, Delegado Presidencial de la Región Metropolitana, sobre la entrada en vigencia de la Ley de funerales de riesgo.

Limitaciones a las familias

Durán explicó que esta ley “permite establecer regulaciones muy estrictas a la hora de desarrollarse velorios y funerales de los denominados de alto riesgo”, refiriéndose no solo a los denominados ‘narcofunerales’, sino también cualquier celebración fúnebre de personas o familiares vinculados a hechos violentos, barras bravas o situaciones que afecten la convivencia.

Según el delegado, entre las principales facultades que otorga esta ley a Carabineros se encuentra la realización de controles de identidad, alcotest y narcotest, prohibición del acceso de determinadas personas al cementerio, fijar la hora del cortejo fúnebre y el trayecto, entre otras.

De no cumplir las familias con estas disposiciones, explicó: “Se autoriza al delegado presidencial para que la culminación del proceso se haga exactamente igual como si la persona fuese un indigente: en el cementerio, pero sin que la familia fije ninguna de las condiciones y sin concurrencia (de los familiares a la sepultación)”.

Máximo 24 horas

Durán explicó que, para una persona cualquiera, el velorio en general tiene un margen de 48 horas, el cual está sujeto a variaciones en casos excepcionales.

Sin embargo, aquellos funerales que se consideren de alto riesgo solo dispondrán de un plazo máximo de 24 horas desde que el delegado presidencial dicta la resolución. Este plazo contempla la entrega de los restos por parte del Servicio Médico Legal y el acta de defunción emitida por el Registro Civil.

Para que la celebración fúnebre sea catalogada como ‘de alto riesgo’, se investiga si la defunción ocurrió en circunstancias violentas, si el difunto era parte de una organización criminal, entre otras. Una vez esclarecido, el Delegado Presidencial solicita antecedentes complementarios y se procede a definir, en conjunto con Carabineros, si el funeral representa un riesgo a la seguridad y el orden público.

Menos afectaciones a espacios públicos

Durán considera que, antes de esta ley, la cantidad de recursos policiales que debía destinarse a esta problemática era la misma, o incluso más.

“Antes la familia definía el recorrido, y por tanto, si eventualmente hacían disparos injustificados, lanzamientos de fuegos artificiales u otras anomalías, Carabineros finalmente igual tenía que acompañar todo ese trayecto por seguridad de las personas. Hoy se va a poder determinar, por ejemplo, que el trayecto es desde el Servicio Médico Legal hasta el cementerio, de manera que se reducen significativamente los tiempos y la autoridad fija las condiciones, no la familia”, explicó.

En esa misma línea, añadió: “Hasta antes de esta ley, el velorio podía durar las cuarenta y ocho horas que señalábamos antes, en medio de la población, con múltiples incidentes durante toda la noche, y Carabineros tenía que estar acompañando y monitoreando. O, por ejemplo, el trayecto establecía pasar por al lado de un colegio, un jardín infantil, un centro de salud, y generaba graves afectaciones. Hoy, eso se reduce significativamente”.

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