ENTREVISTAS

Experto del Hogar de Cristo explica nueva ley que reconoce la explotación sexual comercial infantil

“Se brindan mejores herramientas a los entes persecutores incorporando y aumentan las penas para explotadores dejándolos en el rango de una violación” sostuvo en #FuturoPQN el director Técnico Social de la institución, Carlos Vöringer.

Delito Explotacion Sexual Infantil Hogar de Cristo
Agencia Uno

Hoy en Palabra Que Es Noticia conversamos con el director técnico del Hogar de Cristo, Carlos Vöringer.

Esta semana se promulgó la ley que tipifica el delito de explotación sexual comercial contra niños, niñas y adolescentes, dejando atrás el concepto de prostitución infantil. Una iniciativa que surgió para cambiar un paradigma existente en el país, modificando el marco regulatorio que va a permitir la persecución de los delitos de explotación sexual comercial de niños y niñas.

¿Cómo se llega a la conclusión con la experiencia que tienen de promulgar esta ley?

“Llevamos mucho años en nuestro país sin una ley que a lo menos pusiera sobre el tapete algo tan básico que existe como la explotación sexual. En estos años hemos hablado de prostitución infantil. Conceptos que son del siglo pasado. Muchos organismos del estado hemos estado luchando para que a lo menos se reconociera este cambio normativo para ir avanzado a algo que debería ser intolerable en nuestra sociedad. Este ha sido un trabajo de muchas organizaciones. Y nace porque hemos visto en distintas instancias como las redes de explotación sexual, identifican y seducen a estos niños y niñas. Nos angustia como no contamos con un marco normativo”, señala Calos Vöringer.

¿No existía antes el delito? ¿O estaba tipificado distinto?

“El término explotación sexual comercial infantil es un término antiguo. Pero la ley no lo reconoció, no lo tipifica. Ese es el primer cambio. Este es un cambio mucho más sistemático, deja fuera a términos como prostitución infantil o pornografía infantil. Se describe bien el delito, además si brindan mejores herramientas a los entes persecutores incorporando otras formas de explotación en la tipificación como a través de canales digitales, audio, video, eso queda bien descrito en la ley. También aumentan las penas para los explotadores dejándolos en el rango de una violación, previendo lo que significa este delito, queda bien descrito en la ley lo que significa. Antes ibas a la fiscalía y rápidamente hablabas con ellos y tenían incorporado el término de prostitución infantil, son tratados de otras maneras”, indica el director técnico del Hogar de Cristo.

Pornografía infantil… ¿Cuál sería el término correcto a utilizar?

“Todo cabe dentro del mismo término, todo es explotación sexual infantil. La pornografía infantil es el ámbito de lo digital pero eso es explotación. Lo vimos muy fuerte en la pandemia, la explotación sexual si tienen acceso a celulares sigue transcurriendo, la venta de estas fotografías y videos”, afirma.

Aquellos que sabiendo que es un menor de edad y no sabiendo, tienen relaciones sexuales con ellos ¿Que paso con ellos? El cliente…

“La ley es clara en establecer el rango etario, cualquier menor de 18 años queda sujeto como víctima en esta ley y por supuesto cualquier personas mayor de 18 años que utilice la relación sexual con un niño para su beneficio propio, de un tercero, queda en la categoría de explotación sexual, en eso la ley es clara. Los entes persecutores tendrán que determinar para cada caso qué fue lo que sucedió pero la ley es muy clara. Eso es una herramienta preventiva importante, nos permite ir educando a los niños y a las niñas que muchas veces por sus historias de vida, sus traumas que traen, contexto de pobreza, ven estos adultos como personas cercanas y no se visualizan como víctimas”, concluye Carlos Vöringer, director técnico del Hogar de Cristo.


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