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¿Cuándo se puede sacar el dinero tras la promulgación de la ley del retiro de fondos de las AFP?

Después de que el Gobierno anunciara que promulgará la normativa hoy viernes, quedan un par de pasos para que las personas puedan solicitar el 10% a las aseguradoras.

AFP

Luego de una intensa jornada en el Congreso, donde se despachó a ley el proyecto que permite el retiro del 10% de los ahorros en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) para hacer frente a las dificultades económicas por la pandemia del coronavirus, y de que el Gobierno anunciara que el Presidente Sebastián Piñera promulgará la normativa hpoy viernes, surge otra duda; ¿cuándo se puede retirar el dinero?

Ya que tanto Chile Vamos como el gobierno declinaron recurrir al Tribunal Constitucional y al veto presidencial, la normativa solo debe pasar por la toma de razón de la Contraloría y ser publicada en el Diario Oficial para que los afiliados a las AFP puedan solicitar el retiro del dinero.

Una vez solicitado el dinero, las AFP tendrán 10 días para depositar el 50% del dinero correspondiente en la Cuenta Rut, cuenta corriente o la que el afiliado haya inscrito para tal efecto, y desde ahí otros 30 días de plazo máximo para el depósito del 50% restante.

Se debe considerar que una de las indicaciones aprobadas por el Congreso apuntan a que las AFP deben facilitar el trámite de solicitud, y que debe existir la opción de hacerlo de forma remota, es decir, por internet.

La norma establece que se puede retirar un mínimo de 1 millón de pesos y un máximo de 4 millones 500 mil pesos. De esta manera, quienes tengan menos que el monto mínimo podrán sacar todo lo que tengan ahorrado, mientras que quienes tengan un 10% superior al máximo no podrán exceder esa cantidad. Para saber cuánto hay en la cuenta personal, se puede acceder al sitio de cada aseguradora o al de la Superintendencia de Pensiones (www.spensiones.cl)

El dinero retirado no pagará impuestos de ningún tipo, ni puede ser usado por las instituciones financieras para pagar deudas de forma automática. Eso sí, la única excepción correrá para los deudores de pensiones alimenticias, a quienes sí se les descontará el monto que adeudan.


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