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Argentina autorizó 11 nuevas actividades durante aislamiento

La medida entrará en vigencia este lunes, tras la medida de resguardo total declarada en el país vecino el 20 de marzo pasado.

La medida entrará en vigencia este lunes, tras la medida de resguardo total declarada en el país vecino el 20 de marzo pasado.

Según consigna ADN.cl, el gobierno de Argentina anunció las 11 nuevas actividades que serán excepción al aislamiento en el que se encuentra el país, lo que se ha denominado como una “cuarentena administrada”.

El jefe de gabinete, Santiago Cafiero, indicó que “a partir del lunes se van a ir reanudando muchas actividades en lugares de la Argentina“.

En paralelo, el Presidente Alberto Fernández sostuvo una reunión por videoconferencia con todos los intendentes del país vecino. Cada jefe regional hizo sus descargos, entre ellos, que los gobernadores descentralicen los 120 millones de pesos argentinos que el Gobierno autorizó a las provincias a través de los Aportes del Tesoro Nacional y con créditos del fondo fiduciario.

“Vamos a ir en socorro, quédense tranquilos que vamos a ayudarlos con lo que plantearon, en todo lo que necesitan. Tenemos que seguir trabajando juntos porque de este problema no se sale de a uno. Salimos todos juntos. Y para resolver el problema lo vamos a resolver todos juntos. Aquí nadie se salva solo”.

Las actividades que estarán permitidas a partir de este lunes en Argentina son las siguientes:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de la provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del ministerio de Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del ministerio de Desarrollo Productivo.


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