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Remoción de jueces: Expresidenta del TC sepulta reclamo de magistrados y afirma que «no hay un doble juzgamiento»

La constitucionalista Marisol Peña descartó el recurso de la Asociación de Magistrados ante remociones por licencias médicas.

Hector Muñoz Tapia |

Remocion Jueces Web

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La reciente decisión del máximo tribunal de Chile de avanzar en la remoción de 15 magistrados por ausencias injustificadas y viajes al extranjero con licencia médica encendió el debate legal. Frente a este escenario, la Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas cuestionó las medidas argumentando la existencia de una supuesta duplicidad de sanciones.

Sin embargo, la directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo y expresidenta del Tribunal Constitucional (TC), Marisol Peña, respaldó con firmeza el actuar de la Corte Suprema. En este sentido, la jurista desestimó las críticas de los jueces afectados y descartó cualquier infracción a las garantías procesales.

La postura frente al reclamo gremial

Ante los cuestionamientos del gremio judicial, la exministra del TC fijó una postura clara sobre el fondo de la discusión institucional.

«Con el respeto que me merece la Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas y su presidenta en particular, no estoy de acuerdo con esa posición. En primer lugar, considero que aquí no hay un doble juzgamiento o lo que en derecho se llama el non bis in idem«, afirmó la abogada.

Asimismo, la académica explicó que la jurisprudencia constitucional ha fijado límites concretos sobre esta materia.

«El propio Tribunal Constitucional ha dicho que cuando las personas son objeto de dos sanciones distintas en dos procedimientos diferentes que apuntan a bienes jurídicos diferentes, no se produce el doble juzgamiento», enfatizó Peña.

Bienes jurídicos distintos: la clave de la controversia

Para comprender la validez de los cuadernos de remoción incoados por la Corte Suprema, resulta fundamental diferenciar las vías administrativas de las constitucionales.

En primer lugar, los procesos disciplinarios originados en las Cortes de Apelaciones revisan el cumplimiento de deberes estatutarios. Por lo tanto, se trata de una esfera puramente operativa y funcional.

«La mayoría de estos jueces ya habían sido objeto de investigaciones disciplinarias por sus respectivos superiores jerárquicos, entiéndase Cortes de Apelaciones. Fundamentalmente esas investigaciones tendían a juzgar la conducta disciplinaria de estos jueces, hasta qué punto habían infringido deberes contenidos en el Código Orgánico de Tribunales», sostuvo la experta.

Por el contrario, el artículo 80 de la Carta Magna establece la remoción por mal comportamiento como un resguardo institucional superior.

«La causal del artículo 80 de la Constitución —remover a un juez por mal comportamiento— apunta a un bien jurídico distinto. Tiene que ver con la facultad de que dispone la Corte Suprema correccional para velar por el prestigio y por la imagen del Poder Judicial», precisó Marisol Peña.

Un hito disciplinario en el Poder Judicial

En consecuencia, la jurista subrayó la diferencia abismal entre una infracción de asistencia y una falta a la probidad pública.

«Una cosa es sancionar a un juez que no asiste a su despacho, que es un deber del Código Orgánico de Tribunales, y otra cosa muy distinta es conectar ese deber con la infracción constitucional del deber de probidad que asiste a todas las personas que desempeñan funciones públicas que evidentemente loda la imagen y el prestigio del Poder Judicial», argumentó.

De este modo, la exautoridad concluyó que «en las investigaciones disciplinarias y en los cuadernos de remoción, respectivamente, se juzgan y se tratan de proteger bienes jurídicos que son distintos; por lo tanto, no hay un doble juzgamiento».

El punto de inflexión en la crisis de la justicia

Por otra parte, la abogada contextualizó estas remociones dentro de una secuencia de severos episodios que han afectado al sistema penal y supremo del país.

«El año 2024 marcó un punto de inflexión muy importante dentro de lo que se ha denominado la crisis del Poder Judicial. Ese año fue destituida la ministra Ángela Vivanco. El poderoso ministro Sergio Muñoz por el Senado en virtud de una acusación constitucional. Y luego de ello ha seguido una seguidilla de destituciones como la del ministro Ulloa. La jueza Verónica Sabaj. Y otros que indudablemente daban la señal de que algo muy lamentable estaba ocurriendo», recordó.

Adicionalmente, la experta destacó la determinación mostrada por la máxima autoridad del Poder Judicial, Gloriana Chevesich, para restaurar la confianza pública.

«Cuando asume la ministra Gloriana Chevesich su presidencia, dice que esto le ha impactado profundamente, que ella está dispuesta a tomar medidas severas, enérgicas para evitarlo. Ese es el contexto dentro del cual se inscribe la tramitación de estos cuadernos de remoción que hoy día ya alcanzan a 15 jueces destituidos como una señal potente de que el Poder Judicial quiere intentar frenar estas circunstancias que lodan su prestigio ante la ciudadanía», concluyó Peña en Palabra Que Es Noticia.

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