La reciente controversia en el sistema previsional chileno por la caída de 10.000 millones de dólares en los fondos de pensiones generó citaciones en el Congreso y un plazo de diez días otorgado por la Contraloría a la Superintendencia de Pensiones para dar explicaciones. Sin embargo, de acuerdo con la visión experta del investigador principal de Clapes UC, Arturo Cifuentes, la discusión pública ha desviado el foco de la verdadera causa del problema.
Según conversó el especialista en Palabra Que Es Noticia, la responsabilidad primaria no recae de forma directa en la gestión individual de las administradoras, sino en un marco normativo con deficiencias de diseño técnico. En este contexto, la falta de parámetros clave sobre el riesgo crediticio y la duración de la renta fija expuso los ahorros de los afiliados a las fluctuaciones del mercado financiero.
Un error estructural en el diseño de los fondos conservadores
El Fondo E es calificado tradicionalmente como un instrumento conservador orientado a personas próximas a jubilarse. A pesar de esa premisa, las reglas vigentes no establecieron salvaguardas mínimas para evitar pérdidas ante variaciones bruscas en las tasas de interés. De este modo, la ausencia de una restricción de duración desencadenó una marcada sensibilidad en las inversiones.
Ante este escenario, Cifuentes califica el episodio como un fallo conceptual de origen. En sus palabras: «Lo que ha ocurrido aquí con el Fondo E ha sido una falla regulatoria mayúscula, responsabilidad de un marco regulatorio mal pensado. Es un poco injusto inicialmente, aunque puede parecer razonable, culpar a las AFP».
Además, el investigador sostiene que la estructura misma del fondo carecía del resguardo necesario para operar con seguridad. Por esta razón, añade: «Lo que hubo aquí fue un diseño estructural bastante básico en que el Fondo E era básicamente un fondo de bonos. Un fondo con esas características tiene que tener lo que se llama una restricción de duración. Es como haber construido una casa sin techo en un lugar donde llueve toda la semana».
La falta de límites en la duración y el riesgo de tasas de interés
En el ámbito financiero, la duración mide qué tan sensible es un bono o portafolio frente a los movimientos de las tasas de interés. Por consiguiente, si un fondo compra instrumentos a plazos muy extensos sin una restricción normativa que lo impida, el impacto de cualquier alza de tasas se multiplica rápidamente.
El investigador de Clapes UC precisa cómo este descuido en el régimen de inversiones afectó la rentabilidad de las administradoras. Al respecto, enfatiza: «Cuando el bono tiene una duración muy larga, significa que su sensibilidad a los cambios en tasas de interés es grande. Y eso fue lo que al regulador se le olvidó; no incorporaron una restricción de ese tipo».
Por lo tanto, la volatilidad de los precios golpeó de forma directa a los instrumentos de renta fija del Fondo E. En consecuencia, al no existir techos a los plazos de vencimiento, la desvalorización de los títulos derivó en pérdidas históricas para el sistema previsional.
El efecto manada provocado por la penalización del mercado
Junto con la omisión de límites de duración, la regulación chilena padece una falencia adicional al no medir el riesgo a nivel global del portafolio. Asimismo, la normativa castiga a aquellas AFP que se alejan significativamente del rendimiento promedio de la industria. Esta regla genera un incentivo perverso conocido como efecto manada, forzando a todas las entidades a imitar sus carteras.
Cifuentes resalta que esta dinámica legal limita severamente la capacidad de gestión de las administradoras. Sobre este punto, advierte: «La regulación chilena no contempla una métrica de riesgo al nivel del portafolio, es decir, no mide el riesgo en el portafolio en su totalidad. Esto se le olvidó al regulador cuando se redactó el régimen de inversiones».
En la misma línea, el experto detalla cómo el marco legal propicia un comportamiento idéntico entre competidores. Al profundizar en este aspecto, sostiene: «La regulación chilena penaliza a las AFP cuyo desempeño se desvía un poco del promedio del mercado. Eso contribuye a crear una tormenta perfecta porque cuando ocurre un problema, significa que todos tienen el mismo problema al mismo tiempo y con la misma magnitud».
La responsabilidad exclusiva de la Superintendencia de Pensiones
A pesar de que las administradoras ejecutaron las compras de títulos, su margen de acción estaba estrictamente acotado por las 40 páginas del régimen de inversión fijado por la autoridad. Por ende, desplazar la responsabilidad hacia las entidades privadas omite que el regulador tuvo advertencias previas que desatendió durante años.
Cifuentes defiende que la toma de decisiones estuvo amparada por el marco legal vigente. Según explica: «Las AFP tomaron una decisión de inversión que resultó ser desafortunada en el sentido de que en el corto plazo produjo unas pérdidas. Sin embargo, el problema acá es regulatorio; las AFP no pueden hacer lo que quieren, tienen que hacer lo que les permite el marco regulatorio».
Asimismo, recuerda que Clapes UC alertó formalmente sobre este peligro desde el año 2019 sin obtener respuestas gubernamentales. Por ello, subraya: «Las AFP tienen un espacio muy restringido y si se desvían un poco del promedio del mercado son sancionadas. Es cierto que tomaron una decisión desafortunada, pero el regulador tuvo siete años para subsanar este problema en la regulación». En este sentido, aclara que la elaboración del régimen de inversiones es atribución de la Superintendencia de Pensiones y no del Congreso Nacional.
Fondos generacionales: Una amenaza latente para el futuro
La pronta implementación de la reforma previsional contempla la transición hacia fondos generacionales. No obstante, si no se corrigen las deficiencias metodológicas en la medición de riesgo del portafolio, los nuevos esquemas replicarán las mismas vulnerabilidades registradas en el Fondo E.
Finalmente, el investigador advierte sobre los riesgos de mantener el marco normativo actual sin modificaciones sustanciales. Sobre el futuro del sistema, concluye: «Este problema regulatorio de no contar con una métrica de riesgo es una falencia que existe en el diseño de los fondos generacionales. Aquí tenemos una bomba de tiempo; el mismo problema estructural que ocurrió con los multifondos se va a presentar con los fondos generacionales porque tienen la misma falla regulatoria».
En consecuencia, el analista concluye con una severa advertencia sobre la inevitabilidad de nuevos episodios críticos. Paragrafiando la urgencia de la reforma, afirma en Palabra Que Es Noticia: «Si uno construye una casa sin techo, es cuestión de que llueva».
