Con la llegada de las Fiestas Patrias 2026, vuelve una pregunta que cada septiembre genera dudas entre los chilenos: ¿es obligatorio poner la bandera de Chile en el balcón o ventana si se vive en un departamento?
La legislación establece la obligación general de exhibir el pabellón nacional durante los días 18 y 19 de septiembre, una medida que es fiscalizada por Carabineros.
Sin embargo, quienes viven en edificios cuentan con una consideración especial. Si la administración del inmueble instala correctamente la bandera de Chile en el acceso principal o en la fachada general del edificio, los residentes no están obligados a colocar otra bandera en sus respectivos departamentos.
En otras palabras, no es necesario que cada vivienda exhiba individualmente el pabellón cuando el edificio ya cumple con la obligación en sus espacios comunes.
¿Cómo debe ponerse la bandera para evitar multas?
La responsabilidad individual puede recaer en los habitantes cuando la comunidad no cumple con la instalación correspondiente en las áreas comunes.
Para quienes deban exhibirla en balcones o ventanas, la normativa permite colocar la bandera de manera horizontal o vertical. En ambos casos existe una regla fundamental: el cuadro azul con la estrella blanca debe quedar en la parte superior izquierda, considerando la vista de un espectador que observa la bandera de frente.
Por eso, no basta simplemente con colgar cualquier bandera durante las celebraciones. La posición del pabellón también está regulada y una instalación incorrecta puede generar inconvenientes.
Así, para estas Fiestas Patrias, quienes viven en departamentos deberán primero revisar si su comunidad ya instaló la bandera en la fachada o acceso principal. Si ese requisito fue cumplido correctamente, no tendrán que poner otra en su balcón o ventana según publicó ADN.cl.
