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¿Tienes problemas para ser vocal de mesa? Así puedes excusarte

Si eres vocal, desde el 17 al 19 de abril podrás presentar una excusa que será evaluada por la Junta Electoral.

Vocales De Mesa
Agencia Uno

El pasado sábado 15 de abril finalmente se dieron a conocer quiénes serán vocales de mesa para las próximas elecciones del 7 de mayo. Pero ojo, que si viste el «SÍ» en tus datos electorales, ya estás en el plazo para presentar una excusa en caso de no poder cumplir con tu deber.

Desde hoy lunes 17 al miércoles 19 de mayo, los seleccionados podrán presentar sus razones que los resten de ayudar en el proceso electoral que escogera a los 50 miembros del Consejo Constitucional. Sin embargo, los requisitos están muy definidos. Así que pon atención, que acá te contamos lo que debes saber.

¿Cómo excusarse de ser vocal?

Tal como detalla ADN, ley acepta diversas causas por las que una persona puede restarse de su labor electoral. Dichas causas son:

  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la junta.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico.
  • Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas otras funciones que encomiende esta ley.

Si alguna de estas excusas aplica en tu caso, el paso siguiente es acudir de manera presencial ante el Secretario de la Junta Electoral que te ha designado. Mientras que, por otro lado, también es posible escribir un correo electrónico con los datos disponibles en el sitio del Servel.


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