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Poder Judicial dispondrá de trámite fácil para retención de pensiones de alimentos adeudadas

A partir de este jueves se podrán enviar las solicitudes a las administradoras para el proceso de retiro del 10% de los fondos de las AFP.

Hector Muñoz Tapia |

pensión alimentos AFP

El Poder Judicial anunció que dispondrá de trámite fácil en la retención de pensiones de alimentos adeudadas en lo relativo a la ley de retiro del 10% de las AFP.

A través de un comunicado señalaron que «las solicitudes de liquidación por pensiones adeudadas para efectos de retención del 10% de la AFP, deberán realizarse en la causa de familia vigente, esto es, donde se está tramitando su cumplimiento. El cumplimiento de pensiones reguladas por mediación se tramita en causa Z ordenada abrir al efecto».

«La revisión de la tramitación de sus causas, para asegurar sobre cuál se debe solicitar la liquidación, lo puede hacer en la Oficina Judicial Virtual, sección Mis Causas, pestaña de Familia. Se dispondrá de un trámite fácil una vez que entre en vigencia la ley», explicaron.

Recordemos que el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, señaló que desde este jueves se podrán enviar las solicitudes a las administradoras para el proceso de retiro de fondos.

 

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